REVISTA NUMERO 5 ENE-JUN 2023

66 Es tan importante el acceso a la justicia que parte de reconocer y hacer justicia de otros derechos que se han violado y vulnerado. El Acceso a la justicia se ha recogido en m ltiples instrumentos Internacionales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos. “El acceso a la justicia es un principio b sico del estado de derecho. Sin acceso a la justicia, las personas no pueden hacer o r su voz, ejercer sus derechos, hacer frente a la discriminaci n o hacer que rindan cuentas los encargados de la adopci n de decisiones” ONU. (2022). El art culo 122, apartado A, numeral I, de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, refiere que: “La Constituci n Pol tica de la Ciudad de M xico establecer las normas y las garant as para el goce y la protecci n de los derechos humanos en los mbitos de su competencia, conforme a lo dispuesto por el art culo 1o. de esta Constituci n” (Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos. 2022) Por lo que se da cabida a realizar posibles reformas sobre la inclusi n de las Tics para proteger los Derechos Humanos de las personas y el correcto acceso a la justicia. Las Tics y el Acceso a la Justicia A partir de una serie de reformas que ha sufrido nuestra Carta Magna como la reforma constitucional del sistema mexicano de seguridad y justicia de 2008, la reforma en materia de Derechos Humanos en 2011, el alcance de la justicia es sin dudam s tangible para determinado sector de la sociedad. El art culo 17 de la Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos establece: Art culo 17.- Ninguna persona podr hacerse justicia por s misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho. Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estar n expeditos para impartirla en los plazos y t rminos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.

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