REVISTA NUMERO 5 ENE-JUN 2023

67 Su servicio ser gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales. (Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos, 2022) As el numeral 17 de nuestra Constituci n Pol tica de los Estados Unidos Mexicanos tambi n establece que la justicia debe de ser pronta y expedita, entendi ndose por ello que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia conforme a un derecho subjetivo previsto en la norma. Tambi n es menester mencionar el Derecho a la Salud que ten an los ciudadanos evitando el traslado a las instancias de administraci n de justicia Por otra parte, el art culo 8, numeral 1, de la Convenci n Americana sobre Derechos Humanos dispone: “Toda persona tiene derecho a ser o da, con las debidas garant as y dentro de un plazo razonable,porunJuezotribunal competente, independiente e imparcial, establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciaci n de cualquier acusaci n penal formulada en su contra, o para la determinaci n de sus derechos y obligaciones de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter”. (OEA,1969) Respecto a que no todas las personas pueden acceder a la internet, no existe el conocimiento, ni la capacitaci n, mucho menos pueden acceder a la justicia o para costear un abogado particular, es por eso e importante que el Estado Mexicano facilite el Acceso a todos los justiciables de estas nuevas tecnolog as, tambi n los defensores de oficio, podrán reducir su carga de trabajo, apoyando a las personas vulnerables y satisfaciendo sus peticiones. La incorporaci n de las Tecnolog as de la Informaci n y las Comunicaciones (TIC) en las instituciones de los sistemas de justicia ha sido una herramienta de ayuda para tener este acceso al sistema judicial a trav s de Internet podemos desde revisar las listas de acuerdos de algunos tribunales, hasta presentar demandas electr nicas, sin olvidar que incluso podemos ver a los ministros sesionando, en tiempo real, los asuntos sometidos para su tr mite y resoluci n, pero a n falta por hacer ya que no todos los rganos del sistema judicial han acondicionado sus procesos y tr mites en la era digital. Assumma et al (2012) Afirma que: “Introducir las Tics en la justicia se entender como el proceso mediante el cual se eligen, adaptan y se ponen en funcionamiento un conjunto de cambios en las pr cticas de trabajo de las instituciones del sector, usando para la ejecuci n de estas nuevas prácticas a las Tics, con el fin de aumentar el nivel de productividad y calidad de la labor de las instituciones del sector y reducir costos operacionales” En diversos pa ses del mundo se ha utilizado las Tics con numerosas experiencias de xito como es el caso de Espa a con el uso de su plataforma Lexnet donde se genera informaci n de los rganos judiciales, funciona las 24 horas del d a, se generan costos y ahorro de insumos, en 2016, la Columbia Brit nica canadiense implement el primer tribunal civil completamente en l nea y con ello inaugur una nueva era para la administraci n de justicia, podemos mencionar a Per y Colombia con el Expediente digital, dando un gran avance en esta tesitura que constituyen referentes para un sistema judicial como el nuestro. (I. Belisario Dom nguez 2021) Aunque el Estado mexicano ha reconocido m ltiples Derechos como es el Acceso a la justicia poca utilidad tienen cuando existen diversos grupos vulnerables que no tienen acceso a la justicia ni a un equipo de c mputo, aun as , las desigualdades a las que se enfrentan las personas en un estado de pobreza, v ctimas

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